Condiciones Generales de Suscripción

I – GENERALIDADES

Toda solicitud de oferta de Suscripción implica automáticamente la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Suscripción y, en su caso, de las condiciones particulares precisadas en la Oferta de Suscripción de la sociedad EXCLUSIVE NETWORKS.

Las informaciones indicadas en los catálogos, manuales y baremos solo se dan de modo indicativo, ya que EXCLUSIVE NETWORKS puede modificarlas en cualquier momento sin previo aviso.

Ninguna adición, omisión o modificación a cualquiera de las estipulaciones de las presentes Condiciones Generales de Suscripción vinculará a EXCLUSIVE NETWORKS, salvo que hubiera sido aceptada previamente y por escrito por ésta.

Cualquier cláusula o condición particular de suscripción que figure en el pedido del cliente, en contradicción con las presentes Condiciones Generales será inaplicable, salvo aceptación expresa y escrita de EXCLUSIVE NETWORKS.

 

II – DEFINICIONES

CLIENTE: Toda persona o empresa profesional de la informática que pase un Pedido a EXCLUSIVE NETWORKS dentro del marco del Contrato.

PEDIDO: Aceptación escrita y firmada sin modificación por parte del Cliente de la Oferta de Suscripción formulada por EXCLUSIVE NETWORKS. Dicho Pedido equivale a un contrato de suscripción.

EQUIPO: Materiales y/o Software puestos a disposición del Cliente en el marco de la Suscripción.

END USER: Usuario o beneficiario final de los Materiales y/o Software suministrados por EXCLUSIVE NETWORKS a su Cliente, en particular cuando este último transfiere el uso o el beneficio a su propio cliente, por ejemplo, en  el marco de un contrato de suscripción o de prestación de servicios.

SOFTWARE: Programa informático del que el Vendedor ostenta todos los derechos económicos.

MATERIAL: Material(es) físico(s) como ordenadores, aparatos de telecomunicación, cajas de almacenamiento, cajas de seguridad y, en general, todos los periféricos en un sistema informático.

OFERTA DE SUSCRIPCIÓN: Oferta comercial para una suscripción preparada por EXCLUSIVE NETWORKS al Cliente que puede incluir la puesta a disposición (alquiler) de Materiales, la utilización de Softwares y de Prestaciones de Servicios asociadas de los que el Cliente tendrá el uso sin adquirir la propiedad.

PRESTACIONES DE SERVICIOS: Pueden estar constituidas por:

  • asesoramiento sobre la elección del Vendedor;
  • servicios de asistencia técnica por teléfono presenciales, que también pueden ser total o parcialmente subcontratados al Vendedor;
  • servicio de mediación en las relaciones técnicas y comerciales entre el Vendedor y el Cliente;
  • en su caso, servicios de mantenimiento y actualización del Software o Materiales suministrados por el Vendedor y puestos a disposición del Cliente, que puede ser parcial o totalmente subcontratado al Vendedor;
  • y, en su caso, la puesta a disposición a distancia de las funcionalidades de un Software en calidad de servicio dentro del marco de la EULA (en modo SAAS – Software As A Service).

EUSA (End User Support Agreement): Conjunto de condiciones generales que rigen la utilización de los Servicios que son objeto de una subcontratación al Vendedor (a excepción de la utilización a distancia del Software, regido por la EULA).

EULA (End-User Licence Agreement): Conjunto de condiciones generales que rigen la utilización a distancia del Software y/o de los Materiales.

VENDEDOR: Fabricante de Materiales o programador de un Software que otorga al Cliente o al End User los derechos de uso dentro del marco de la EULA.

 

III – SOLICITUD DE OFERTA, PROPUESTA DE SUSCRIPCIÓN Y PEDIDO

El Cliente transmite a EXCLUSIVE NETWORKS su solicitud de oferta por escrito en las formas requeridas por EXCLUSIVE NETWORKS.

Tras recibir la solicitud de oferta, EXCLUSIVE NETWORKS estudiará su viabilidad y enviará al Cliente una Propuesta de Suscripción que, en particular, mencione el Software, los Materiales y los Servicios previstos y el precio propuesto.

El Cliente deberá informar a EXCLUSIVE NETWORKS su aceptación a la Propuesta de Suscripción que le fue enviada dentro del plazo de validez mencionado en dicha propuesta y, a falta de estipulación específica en ésta, en un plazo máximo de un mes. La aceptación de la propuesta de suscripción obliga irrevocablemente al cliente. Sin embargo, la Propuesta de Suscripción de un contrato de EXCLUSIVE NETWORKS caducará si la tasa de cambio euro/dólar cambia en más de un 3% entre la Propuesta de Suscripción y su aceptación por parte del Cliente, o por cualquier otro motivo particular mencionado en la Propuesta de Suscripción.

EXCLUSIVE NETWORKS solo se compromete después de la aceptación escrita y firmada de su Propuesta de Suscripción por parte del Cliente, sin modificación alguna.

Sin embargo, EXCLUSIVE NETWORKS podrá anular un Pedido en caso en que el Cliente no respete las obligaciones que resultan del apartado XV.

 

IV – EQUIPOS Y SERVICIOS DE LA PROPUESTA DE SUSCRIPCIÓN

La Propuesta de Suscripción de EXCLUSIVE NETWORKS detalla los elementos que la componen, que pueden ser el Material, el Software con sus actualizaciones, así como de los Servicios que los acompañan.

 

Puesta a disposición del Material y del Software:

EXCLUSIVE NETWORKS pone a disposición los Materiales procedentes de diferentes Vendedores de los que es distribuidor aprobado. Las características técnicas y la documentación de estos Materiales son responsabilidad del Vendedor (proveedor) y EXCLUSIVE NETWORKS las comunica tal cual.

Cada Vendedor concede al End User (usuario final) un derecho de uso de cada Software puesto a disposición o que está integrado a un Material puesto a disposición.

Las condiciones a las que este derecho de uso y las obligaciones a las que se comprometen el Cliente y el End User respecto al Vendedor del Equipo en cuestión se detallan en una licencia (EULA) emitida por este último y entregada en anexo de la Propuesta de Suscripción, de la factura o de las presentes Condiciones Generales. El Cliente se compromete expresamente a entregar y a hacer aceptar y firmar los términos de la EULA a su cliente usuario final (End User).

A falta de licencia y de condiciones específicas, el derecho de uso del Material o del Software puesto a disposición o integrado a un Material puesto a disposición por EXCLUSIVE NETWORKS se limita a la aplicación operacional de un único ejemplar de este Software, excluyendo todo derecho de reproducción, de modificación o de corrección de errores. En ningún caso, EXCLUSIVE NETWORKS es responsable de los problemas que puedan afectar al Material o al Software ni de la interrupción temporal (en particular para corrección, actualización u otro) por parte del Vendedor.

 

Prestaciones de Servicios asociadas:

Cuando un Equipo puesto a disposición es objeto de una prestación de mantenimiento o de actualización por parte de su Vendedor, EXCLUSIVE NETWORKS propondrá dicha prestación o actualización al Cliente. La instalación de las actualizaciones será responsabilidad exclusiva del Cliente.

EXCLUSIVE NETWORKS también puede suministrar por sí misma o a través del Vendedor o un prestatario tercero, prestaciones de Servicios complementarias, como la instalación que son objeto de un pedido particular en condiciones fijadas en la Propuesta de Suscripción y que se facturarán a paret del precio de la suscripción.

 

Propiedad intelectual:

La puesta a disposición de un Equipo pedido a EXCLUSIVE NETWORKS no confiere al Cliente (o al End User) ningún derecho de propiedad intelectual o industrial y lo obliga a respetar los eventuales derechos de propiedad intelectual o industrial detentados por el Vendedor (proveedor) del Material o del Software en cuestión. EXCLUSIVE NETWORKS no será responsable de la más mínima responsabilidad que resulte de la ejecución, instalación o mantenimiento de un Software o Material que no haya suministrado.

 

V – DURACIÓN

La suscripción contratada por el Cliente será por el plazo mínimo mencionado en la Propuesta de Suscripción de EXCLUSIVE NETWORKS aceptado por el Cliente.

Si el primer período de suscripción es por un período igual o superior a un año, en su fecha de vencimiento la suscripción se renovará automáticamente por períodos sucesivos de un año.

Si el primer período es inferior a un año, la suscripción se renovará automáticamente por períodos sucesivos de duración fija de un mes.

Cada una de las partes tendrá derecho a negarse a renovar la suscripción notificando a la otra parte por escrito al menos un mes antes de la expiración del contrato inicial o de cada período prorrogado.

La negativa a renovar es libre. No tendrá que ser motivada y no dará derecho a compensación en beneficio de la otra parte.

 

VI – TARIFA

El precio determinado por la Propuesta de Suscripción de EXCLUSIVE NETWORKS se entiende para la puesta a disposición de los equipos y las prestaciones de servicios solicitados por el Cliente. La Propuesta de Suscripción determina las modalidades de pago y no se pueden modificar mientras dura el contrato.

Los pedidos de prestaciones particulares o de productos que no figuran en la Propuesta de Suscripción enviada por EXCLUSIVE NETWORKS serán objeto de una facturación complementaria.

Si la suscripción contratada con EXCLUSIVE NETWORKS permite al Cliente activar varias licencias de un mismo Software, cada nueva licencia activada por el Cliente se facturará automáticamente a la tarifa definida en la Propuesta de Suscripción.

 

VII – FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO

La aceptación de estas Condiciones Generales equivale a la aceptación expresa por parte del Cliente de recibir, dado el caso, facturas electrónicas que sustituyen facturas de papel de parte de EXCLUSIVE NETWORKS, de conformidad con el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre y la Orden EHA/962/2007 de 10 de abril.

A falta de modalidades de pagos definidas en la Propuesta de Suscripción, el precio de la suscripción se paga a EXCLUSIVE NETWORKS por trimestre y por adelantado. El primer plazo vence al recibir el cliente el Equipo y/o las claves de acceso necesarias para implementar la suscripción, independientemente de su activación y utilización por parte del Cliente.

Cualquier trimestre que se inicie debe ser pagado.

Las sumas indicadas en la Propuesta de Suscrición se debe añadir el IVA y todos los impuestos debidos en el momento en que se genera el hecho imponible.

Cualquier suma adeudada además del precio de la suscripción se tiene que pagar desde el momento de la aceptación por parte del Cliente de la Propuesta de Suscripción de EXCLUSIVE NETWORKS.

Los pagos se deben efectuar obligatoriamente según las modalidades estipuladas en la Propuesta de Suscripción y a falta de estipulación por adeudos directos.

El pago no se puede efectuar en metálico.

 

VIII – PLAZO DE ENTREGA Y DE ACTIVACIÓN DEL SERVICIO

Los plazos de entrega de los Equipos y/o de activación del servicio comunicados al Cliente se dan a título indicativo, ya que EXCLUSIVE NETWORKS depende de sus propios proveedores.

EXCLUSIVE NETWORKS tiene derecho a retrasar, suspender o cancelar toda prestación de servicio en caso de circunstancias graves y, en particular, en los siguientes casos:

  • en el caso en que el Cliente no haya respetado las condiciones de pago convenidas;
  • en el caso en que EXCLUSIVE NETWORKS no haya recibido del Cliente y en el tiempo convenido las informaciones técnicas, financieras o comerciales y demás especificaciones necesarias;
  • en caso de fuerza mayor o de eventos como conflictos sociales, epidemia, guerra, requisición, incendio, inundación, accidentes de herramientas, rechazo importante de piezas en curso de fabricación, interrupción o retraso en los transportes o cualquier causa que ocasione un paro parcial o total en EXCLUSIVE NETWORKS o sus proveedores. Entre otros, se considera como caso de fuerza mayor la eventual prohibición de exportar promulgada por el gobierno del país origen del Material o del Software.

En cualquier caso, los plazos de obtención de las autorizaciones administrativas y de cumplimiento de toda formalidad se añaden al plazo de activación del servicio comunicado al Cliente.

 

IX – TRANSPORTE Y ENTREGA

Los Equipos mencionados en la Propuesta de Suscripción los entrega EXCLUSIVE NETWORKS en la dirección mencionada en ésta.

EXCLUSIVE NETWORKS, el transitario o el transportista no tendrán ninguna responsabilidad por pérdidas, averías o daños sufridos por las mercancías (Equipos), salvo en caso en que el Cliente justifique y notifique dichas pérdidas o daños al transportista y a EXCLUSIVE NETWORKS en un plazo máximo de dos días a partir de la entrega.

El Cliente debe prever con tiempo la accesibilidad y el acondicionamiento de los locales destinados a recibir material pesado y de grandes dimensiones; en ningún caso EXCLUSIVE NETWORKS será responsable de ello.

 

X – TRANSFERENCIA DE RIESGOS, GUARDA Y MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS PUESTOS A DISPOSICIÓN

Los riesgos relativos a los Equipos puestos a disposición, en particular los riesgos de pérdida, de robo o de degradación, se transfieren al Cliente desde el momento de la entrega y hasta la devolución de todos los Equipos al término del contrato a EXCLUSIVE NETWORKS.

 

El Cliente debe asegurar la guarda, el mantenimiento y la preservación de los Equipos en perfecto estado de funcionamiento durante todo el tiempo que dura la suscripción.

El Cliente se compromete a efectuar sin demora todas las operaciones de mantenimiento, de controles o de actualizaciones que EXCLUSIVE NETWORKS haya recomendado o solicitado durante todo el tiempo en que el Cliente no haya devuelto a EXCLUSIVE NETWORKS los Equipos puestos a su disposición. Toda violación de la presente cláusula se considera una falta grave en el sentido del artículo XVII.

Al recibir los Equipos y mientras dura la suscripción hasta su devolución, el Cliente está en la obligación de asegurar o de hacer que el End User (usuario final) asegure los Equipos puestos a su disposición con entidades de seguro notoriamente solventes contra riesgos de deterioro, robos o incendio designando a EXCLUSIVE NETWORKS como propietario de los Equipos y beneficiario de las indemnizaciones de seguro. En un plazo máximo de 30 días, el Cliente deberá suministrar a EXCLUSIVE NETWORKS un justificativo de los seguros suscritos por él, por el cliente o por el us End User (usuario final).

El Cliente es informado de que no está autorizado a modificar el código fuente de los Software puestos a su disposición dentro del marco de la suscripción.

 

XI – GARANTÍA

EL Software y Materiales disponibles están cubiertos por la garantía de sus respectivos Vendedores (proveedores), tal y como se especifica en el correspondiente EULA.

La garantía solo cubre las piezas que EXCLUSIVE NETWORKS considera defectuosas, siempre y cuando los defectos no hayan sido causados por una mala utilización o manipulación del Cliente.

La garantía dejará de ser exigible si se realiza una intervención en el Equipo, y ello por cualquier razón que fuese que no sea aprobada por EXCLUSIVE NETWORKS o el Vendedor.

En virtud de esta garantía, la única obligación que incumbe a EXCLUSIVE NETWORKS es ocuparse de la reparación o del reemplazo del producto o de la pieza que el Vendedor haya reconocido como defectuosa.

Toda devolución de material o componente de material que tenga derecho a la garantía debe ser previamente aceptado por EXCLUSIVE NETWORKS. A este fin, el Cliente se pondrá en contacto telefónico con el servicio de soporte de EXCLUSIVE NETWORKS.

Si el material o componente de material es reconocido como defectuoso, EXCLUSIVE NETWORKS enviará al Cliente un número de devolución de producto. Todo producto reconocido defectuoso deberá devolverse en su embalaje original, acompañado de su número de devolución.

El Equipo (materiales o componente de material) remplazado se restituye de inmediato a EXCLUSIVE NETWORKS. EXCLUSIVE NETWORKS pone a disposición del Cliente el producto de reemplazo en lugar del producto reemplazado.

La presente garantía es exclusiva de cualquier otra garantía.

 

XII – RESPONSABILIDAD

 

El Cliente reconoce ser un profesional y, a este título, declara recibir los Equipos, objetos del acuerdo realizado entre las partes en conocimiento de causa y se declara estar ampliamente informado del uso al que están destinados estos Materiales o estos Software.

De ninguna forma, EXCLUSIVE NETWORKS puede ser considerado responsable de la incompatibilidad de los Equipos con otros materiales o software con los que están destinados a funcionar. En particular, EXCLUSIVE NETWORKS no puede ser considerado responsable de cualquier incidencia directa o indirecta, temporal o permanente que pudiera tener la instalación de un Equipo en una instalación o unidad previa.

El Cliente se compromete a utilizar el Software, de conformidad con los términos de cada licencia de uso aplicable al Software.

El Cliente será personalmente responsable de cualquier disputa o litigio relativo a los derechos de propiedad intelectual o industrial relacionados con el Software y renuncia a reclamar la responsabilidad de EXCLUSIVE NETWORKS a este respecto, incluso por vía de aplicación de la garantía o de intervención forzada.

A excepción de la puesta a disposición de los Equipos, EXCLUSIVE NETWORKS todas sus obligaciones son de medios. EXCLUSIVE NETWORKS sólo puede ser considerada responsable por daños directos e inmediatos que resulten de la no ejecución o de la ejecución tardía de sus obligaciones. Las Partes acuerdan que toda pérdida de financiera, daño a la imagen de marca, pérdida de beneficios, pérdida de facturación o de ahorros esperados, pérdida comercial, pérdida de datos, causados directa o indirectamente por el uso o el funcionamiento de los Materiales o Software, fallos de funcionamiento, errores o falta de disponibilidad, constituirá un daño indirecto, que no dará lugar a un derecho de indemnización.

En cualquier caso, las Partes convienen que en el caso de que el Cliente reclame daños y perjuicios a EXCLUSIVE NETWORKS a los que éste pudiera ser condenado, cualesquiera que sean sus causas y su fundamento, la responsabilidad de EXCLUSIVE NETWORKS no podrá exceder el importe total adeudado por el Cliente a las fecha de vencimiento (sin incluir el IVA) contractualmente acordadas..

En caso de necesidad de una actualización o de instalación de un correctivo/parche, el Cliente es informado que EXCLUSIVE NETWORKS no podrá ponerlos a su disposición antes de recibir dichas actualizaciones y/o parches del Vendedor y no podrá ser considerado responsable de los retrasos ocasionados ni de las consecuencias de estos retrasos.

 

XIII – INCUMPLIMIENTO DE PAGO

De conformidad con la Ley 3/2004, de 29 de noviembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y, en aprticular su artículo 7, todo retraso de pago ocasiona de pleno derecho, sin necesidad de intimación previa, la aplicación de penalidades de retraso a una tasa igual a la tasa de interés aplicada por el Banco Central Europeo en su operación de financiación más reciente aumentada en 8 puntos de porcentaje. En este caso, la tasa aplicable durante el primer semestre del año concernido es la tasa en vigor al 1 de enero en año en cuestión. Para el segundo semestre del año concernido, es la tasa en vigor al 1 de julio del año en cuestión.

La falta de pago no regularizada por el Cliente más de un mes después de recibir una carta de reclamación podrá constituir una falta grave en el sentido del artículo XVII.

A su elección, EXCLUSIVE NETWORKS también podrá cortar el servicio y las funcionalidades de los Equipos puestos a disposición a su elección, de forma temporal o definitiva.

En el caso en que EXCLUSIVE NETWORKS se vea en la necesidad de reclamar el pago de las facturas, incluso sencillamente por carta certificada, el Cliente deberá una indemnización mínima fijada a 10 % del importe del crédito a título de cláusula penal.

Esta indemnización se añade a la indemnización fija de 40€ prevista por el artículo 8 de la Ley 3/2004, de 29 de noviembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Cuando los costes de cobro expuestos son superiores al importe de esta retribución fija, EXCLUSIVE NETWORKS puede solicitar una indemnización complementaria, mediante justificación.

 

XIV – COMERCIALIZACIÓN DE LOS EQUIPOS Y SERVICIOS POR PARTE DEL CLIENTE

Dentro del marco de esta actividad, el Cliente está autorizado a poner a disposición de sus propios clientes (End User) los Equipos recibidos de EXCLUSIVE NETWORKS dentro del marco de la suscripción.

Previamente, el Cliente deberá transmitir a cualquier tercera persona Equipos o servicios recibidos en virtud de la suscripción y dar a EXCLUSIVE NETWORKS los datos de contacto detallados de los usuarios finales.

El Cliente se deberá cerciorar del respeto, por parte de sus propios clientes, de todas las obligaciones que resulten de las presentes Condiciones Generales y, más particularmente, de las obligaciones relativas a:

  • La guarda, mantenimiento y conservación de los Equipos puestos a su  disposición.
  • La reglamentación relativa a las transferencias y exportaciones de los Materiales o Software.
  • Cumplimiento de la ética y de las leyes relativas a la corrupción y a los embargos.
  • Las EULA y EUSA por parte del cliente final y su aceptación expresa.
  • Cumplimiento de las normas sobre la protección de los datos personales.

 

Toda violación de las obligaciones que resulten de las presentes Condiciones Generales por parte de un Cliente End User se considerará como una falta personal del Cliente que, por lo tanto, deberá excluir a EXCLUSIVE NETWORKS de todas las consecuencias.

Si el contrato incluye la puesta a disposición de un Software o sus actualizaciones, el Cliente habrá obtenido del cliente final (End User) que se compromete a utilizarlo con respeto de la o de las licencias de utilización que haya acordado con el Vendedor. Obligatoriamente, el Cliente deberá obtener de su propio cliente/End User la firma sin reserva de la EULA y conservará esta firma en prueba de la obligación asumida. El Cliente no puede pretender ni se le dará en caso de pedirlo, ningún descuento, prórroga o disminución de tarifa, ni a rescisión ni a daños e intereses de parte de EXCLUSIVE NETWORKS en caso de incumplimiento a una disposición de la EULA y ello incluso si lleva a una prohibición de utilización del Software.

El Cliente se compromete a obtener de sus clientes (End User) su acuerdo expreso, de forma tal que sus datos personales se puedan transmitir lícitamente a EXCLUSIVE NETWORKS.

El Cliente también se compromete a obtener el acuerdo expreso de sus clientes (End User) para que EXCLUSIVE NETWORKS pueda utilizar sus datos de consumo y uso de los Equipos para optimizar el servicio o permitir propuestas comerciales.

 

XV – EXPORTACIÓN DEL MATERIAL POR PARTE DEL CLIENTE O UBICACIÓN DEL BENEFICIARIO DEL SERVICIO

Los Equipos puestos a disposición por EXCLUSIVE NETWORKS pueden estar sujetos a restricciones a la exportación, en particular cuando se trata de bienes y tecnologías de doble uso (civil/militar), debido a reglamentaciones locales, europeas o norteamericanas, entre otras. En la Unión Europea, la transferencia de estos bienes y tecnologías puede constituir una excepción al principio de libre circulación.

En particular, estas obligaciones pueden consistir en la forma de licencias de exportación a obtener con la DGCIS (Franca), el BIS (Estados Unidos) y/o la Secretaría de Estado de Comercio (España) y de un archivado de los documentos referentes a estas operaciones de exportación.

El Cliente reconoce y acepta que los Materiales y Software alquilados con EXCLUSIVE NETWORKS están sujetos a leyes y reglamentaciones relativas a los controles de las exportaciones aplicables en Francia, España, en la Unión Europea y en los Estados Unidos, según corresponda.

El Cliente se compromete a no exportar, reexportar ni transferir los Materiales o Software recibidos de EXCLUSIVE NETWORKS ni a hacer disfrutar del servicio suscrito con EXCLUSIVE NETWORKS a clientes que residan en el extranjero, incluso de forma temporal, directa o indirectamente, sin obtener previamente las autorizaciones de importación y exportación requeridas de las autoridades competentes (norteamericanas, europeas, francesas y españolas).

Al solicitar la oferta, el Cliente se compromete a suministrar a EXCLUSIVE NETWORKS  el nombre del cliente final (End User), el número de su pedido y el lugar de destino final del pedido. En caso contrario, el Cliente deberá hacer firmar al End User el Certificado de Usuario Final que le entregará EXCLUSIVE NETWORKS. El Cliente deberá informar a sus propios clientes que, para los productos que benefician de una licencia de exportación norteamericana, el usuario final podrá ser objeto de un control por parte de las autoridades norteamericanas.

En cualquier caso, el Cliente es responsable de la buena aplicación de las normas de control de las exportaciones y EXCLUSIVE NETWORKS no puede ser considerado responsable por la no observancia de las obligaciones que emanan de la presente cláusula y de las reglamentaciones inherentes por parte del Cliente.

Si se trata de las reglamentaciones europea y francesa que se puedan aplicar, el Cliente puede remitirse a los siguientes sitios oficiales:

http://www.entreprises.gouv.fr/biens-doble-usage/accueil

http://www.ssi.gouv.fr/fr/reglementation-ssi/cryptologie/

Si se trata de la reglamentación norteamericana que se pueda aplicar, el Cliente puede remitirse a los siguientes sitios oficiales:

http://www.bis.doc.gov/index.php/regulations/export-administration-regulations-ear

Si se trata de la reglamentación española que pueda aplicar, el Cliente puede remitirse a los siguientes sitios oficiales:

https://comercio.gob.es/ImportacionExportacion/Regimenes/Paginas/FAQS/productos-doble-uso.aspx

EXCLUSIVE NETWORKS recuerda al Cliente localizado en España (o en la UE) que la exportación fuera de la UE o la transferencia dentro de la UE de productos o tecnologías con doble uso puede requerir el respeto de varias reglamentaciones (comunitaria, española, francesa y norteamericana) que no se sustituyen entre sí; dicho con otras palabras, el respeto de una no implica el respeto de la otra.

Toda violación de las estipulaciones del presente artículo constituye una falta grave en el sentido del artículo XVII.

Por otra parte, el Cliente está en la obligación de proteger a EXCLUSIVE NETWORKS de todas las consecuencias del no respeto de esta prohibición, en particular, aquellas que resultan de la eventual violación de las reglamentación españolas, francesas, europeas o norteamericanas relativas al control de exportaciones de tecnologías de doble uso (civil/militar).

 

XVI – COMPROMISOS COMERCIALES DEL CLIENTE

El Cliente se obliga a respetar los mejores estándares comerciales, así como las leyes aplicables en su territorio y a no dañar la reputación comercial de EXCLUSIVE NETWORKS a través de los Materiales y Software puestos a disposición por ella. En particular, el Cliente se compromete a suministrar informaciones precisas y actualizadas sobre las características, prestaciones y posibles usos de los productos puestos a su disposición por EXCLUSIVE NETWORKS. El Cliente también se compromete a obtener y renovar todas las aprobaciones necesarias para utilizar los Equipos en el país en el que está instalado.

El Cliente también se obliga a respetar y a hacer respetar los derechos de propiedad intelectual o industrial que protegen los materiales puestos a disposición por EXCLUSIVE NETWORKS, así como los software en los que se ha concedido una licencia.

 

XVII – RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

En caso de falta grave del Cliente, a iniciativa de EXCLUSIVE NETWORKS, la suscripción podrá finalizar con efecto inmediato y sin indemnización.

En particular, constituye una falta grave la violación de las estipulaciones del contrato relativas:

  • Al pago de las sumas debidas a EXCLUSIVE NETWORKS.
  • A la custodia, al mantenimiento y a la preservación de los Materiales y Software alquilados.
  • A las reglamentaciones aplicables para la exportación de los Materiales o de los Software o a la transferencia del servicio directa o indirectamente a beneficiarios instalados en el extranjero.
  • A la obligación de comunicar a EXCLUSIVE NETWORKS los datos detallados de contacto de los beneficiarios del servicio objeto de la suscripción o de los beneficiarios o usuarios de los Materiales y/o de los Software.
  • Al cumplimiento de la ética y de las leyes relativas a la corrupción o a los embargos.
  • A la sumisión del Cliente a un embargo.

En los casos anteriormente expuestos, ocho días después de enviar una carta de reclamación que haya quedado sin efecto, EXCLUSIVE NETWORKS estará en el derecho de resolver inmediatamente el contrato, de suspender de inmediato el suministro del servicio en todas sus formas y de exigir la restitución de los Materiales y Software entregados. El Cliente deberá pagar una indemnización igual a la suma de las fechas de vencimiento que quedan por vencer hasta el término del contrato, con un incremento del 10 %. Además, se aumentará por las sumas vencidas y no pagadas y de los gastos necesarios para el desmontaje y la restitución de los Equipos previstos en el artículo XVIII.

El Cliente también podrá finalizar el contrato de forma anticipada y sin indemnización ocho días después de enviar una notificación fehaciente, en caso de incumplimiento de EXCLUSIVE NETWORKS a una de sus obligaciones esenciales como:

  • El no suministro rápido al Cliente de los correctivos necesarios cuando estos han sido ya suministrados por el Vendedor.
  • La interrupción definitiva del Software sin una solución suministrada por el Vendedor.
  • La violación de las reglas de ética.

El importe de las indemnizaciones debidas por EXCLUSIVE NETWORKS no podrá ser superior a las sumas debidas por el Cliente en las fechas de vencimiento (sin incluir IVA u otros impuestos), conforme al contrato.

 

XVIII – RESTITUCIÓN AL FINAL DEL CONTRATO

Al termino del contrato, cualesquiera que sean las circunstancias o la causa, el Cliente debe restituir de inmediato a EXCLUSIVE NETWORKS en buen estado general los Equipos de funcionamiento y de mantenimiento al lugar por él designado en Francia o España. Los gastos de desmontaje, de embalaje y de restitución son a cargo y responsabilidad del Cliente.

El Cliente se obliga a eliminar definitivamente todos los datos que figuran en las memorias y en los discos y otros soportes de tipo informático de los Equipos. La utilización de las funciones clásicas de borrado de los sistemas de explotación como el cesto o formateo de disco duro son insuficientes, el Cliente se compromete a utilizar un Software específico que permita reescriturar irremediablemente los datos por borrados sucesivos de los mismos. EXCLUSIVE NETWORKS podrá obtener confirmación escrita por parte del Cliente del borrado de los datos por simple petición. A partir de ese momento los datos se considerarán como borrados antes de devolver dichos Equipos y ni EXCLUSIVE NETWORKS ni el Vendedor se podrán considerar como responsables de la utilización de dichos datos por un tercero si el Cliente no hubiera procedido efectivamente a su borrado.

Si el Cliente no devuelve por su propia iniciativa los Equipos al término extintivo de la suscripción y/o en caso de retraso de restitución que exceda ocho días, el Cliente debe pagar una indemnización mensual de privación de disfrute igual al importe prorrateado del último período transcurrido. Todo periodo mensual que haya comenzado se debe en su totalidad.

Devolución del Software: Sin perjuicio de los derechos adquiridos por el Cliente con el Vendedor, en caso de terminación del contrato, el Cliente deberá: a) dejar de utilizar el/los Software, así como sus documentaciones y desinstalarlas, b) restituir a EXCLUSIVE NETWORKS o a cualquier persona por ella designada los Software en sus soportes y todas las documentaciones y las copias relacionadas a los mismos.

El Cliente es responsable de la recuperación de los Materiales y Software con sus propios clientes y de su restitución a EXCLUSIVE NETWORKS al final del contrato.

El Cliente deberá los importes aplicables hasta las fechas de vencimiento de la suscripción, hasta la restitución de la integralidad de los Equipos a EXCLUSIVE NETWORKS. Todo período que se haya iniciado se deberá hasta la finalización de dicho período.

Si se dañan los Materiales o Software, EXCLUSIVE NETWORKS tendrá la opción de:

  • Facturar al Cliente su reparación;
  • Facturar al Cliente una penalización fija igual a [….] del valor nuevo de los productos degradados.

 

XIX – DATOS PERSONALES

Los datos personales del Cliente, de sus representantes legales y/o cualquier otro signatario del contrato – limitados y necesarios para la ejecución del contrato – se han recopilado y se tratarán de forma lícita y transparente. Estos datos se conservarán durante un tiempo máximo de 5 años a partir del término del contrato y se tratarán de modo a garantizar una seguridad adecuada.

La persona concernida dispone del derecho: de retirar su consentimiento; de acceder a sus datos personales y solicitar su rectificación, el borrado o su limitación; de oponerse al tratamiento y a la portabilidad de sus datos; solicitar el borrado de sus datos personales, si su conservación ya no es necesaria para las finalidades con las que fueron recopiladas; de solicitar la portabilidad de sus datos personales. Estas solicitudes se deberán enviar por correo a la sede social de EXCLUSIVE NETWORKS, al Responsable del tratamiento quien, a partir de la recepción, dispondrá de un plazo de un mes para responder a ello. La persona concernida podrá acudir a la Agencia española de Protección de Datos (AEPD) por cualquier solicitud referente a sus datos personales.

 

XX – ÉTICA – RESPETO DE LAS LEYES

El Cliente (incluyendo los dirigentes, administradores, empleados y agentes del Cliente) se compromete a respetar las leyes anticorrupción aplicables incluyendo, y sin limitación, la USA Foreign Corrupt Practices Act, la UK Bribery Act y la ley conocida como “Sapin II” (colectivamente, las “Leyes Anticorrupción”). En particular, el Cliente se prohíbe: (a) tomar cualquier medida o permitir o autorizar cualquier acción de un tercero en violación de las Leyes Anticorrupción; (b) utilizar cualquier suma de dinero o cualquier contrapartida pagada por la otra Parte con fines ilegales, incluyendo fines que violen las Leyes Anticorrupción, con el objetivo de ayudar a la otra Parte a obtener o a conservar indebidamente un contrato o cualquier ventaja indebida y (c) directa o indirectamente, ofrecer, prometer, dar, solicitar o aceptar cualquier cosa de parte de un funcionario o agente público, de una empresa o sociedad controlada por el gobierno, de un partido político o de cualquier otra persona física o moral con el objetivo de obtener indebidamente una ventaja comercial / financiera o influenciar cualquier acto o cualquier decisión. Cada Parte se prohíbe de buena fe cualquier medida que considere estar en violación de la leyes o de las políticas comerciales aplicables a la relación de contratos entre las partes. Hasta donde sabe el Cliente, ninguno de sus dirigentes, administradores o empleados es: (a) funcionario o agente público; (b) empleado de una empresa o de una sociedad controlada por el gobierno o (c) representante activo de un partido político. El Cliente certifica que ni él ni sus dirigentes, administradores o empleados han sido formalmente acusados y/o reconocidos culpables de infracción(es) de fraude(s) a la reglamentación aplicable en materia de corrupción. El Cliente se compromete a informar de inmediato EXCLUSIVE NETWORKS en caso de cambio de la situación. Sin embargo, toda otra disposición contraria a los presentes Condiciones Generales, EXCLUSIVE NETWORKS puede cesar inmediatamente las relaciones comerciales en caso de no respeto por parte del Cliente de las disposiciones de la presente cláusula; precisándose sin embargo que el Cliente deberá indemnizar, defender y exonerar a EXCLUSIVE NETWORKS en caso de daño. Además, las dos partes convienen conformarse plenamente a todas las leyes aplicables a la venta y la distribución de los productos dispuestos en virtud de las presentes Condiciones Generales.

El Cliente también se compromete a cumplir la legislación aplicable en materia de protección de los datos personales y de la vida privada y, en particular, a recopilar el acuerdo de sus clientes para transmitir sus datos personales a EXCLUSIVE NETWORKS, de modo que pueda explotarlos lícitamente, en particular, con fines comerciales y marketing. En general, el Cliente se compromete a respetar la ley.

 

XXI – CESIÓN DEL CONTRATO

EXCLUSIVE NETWORKS se reserve expresamente la facultad de ceder el contrato a un tercero, de conformidad con el Código Civil y demás normas aplicables, o de ceder los créditos generados a título del contrato a un tercero, con la única obligación de información al deudo cedido, conforme al artículo 1.526 y 1.527 del Código Civil. Desde ahora, el Cliente consiente sin reservas una operación de este tipo y se compromete a firmar a la primera solicitud de EXCLUSIVE NETWORKS o del cesionario cualquier documento necesario para regularizar la operación. Esta operación se podrá notificar sencilla y válidamente por carta certificada con acuse de recibo. El cesionario no estará obligado respecto al Cliente a ninguna obligación, en la medida en que las obligaciones relativas al contrato seguirán a cargo de EXCLUSIVE NETWORKS.

De ninguna forma, el Cliente podrá transferir toda o parte del beneficio del contrato de suscripción sin el acuerdo previo y escrito de EXCLUSIVE NETWORKS

 

XXII – JURISDICCIÓN

En caso de oposición de toda o parte de las presentes Condiciones Generales de suscripción como de todas aquellas que puedan nacer de las relaciones de EXCLUSIVE NETWORKS y el Cliente, se hace atribución de jurisdicción a los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid los que tengan jurisdicción sobre cualquier acción que sea llevada a cabo.